¿Qué es una Oferta Pública de Venta? (OPV)

La «oferta pública de venta» (OPV) se define como toda comunicación a personas de cualquier forma o por cualquier medio, que presente información suficiente acerca de los términos de la «oferta» y de los «valores» que se ofrecen, permitiendo a un inversor decidir sobre la adquisición de dichos valores.

Junto a la «oferta pública de venta» (OPV) debemos hacer alusión a otro tipo de operación, muy similar a ésta, y que a veces se utiliza conjuntamente, como es la «oferta pública de suscripción» (OPS).

Probablemente al referirnos a este tipo de operaciones, enseguida nos imaginamos el proceso de «salida a bolsa» de una empresa. Esto es, que las acciones de dicha sociedad comiencen a «cotizar» en un «mercado secundario» oficial, a través del cual podrán ser compradas y vendidas por los inversores (accionistas), dando lugar a esas diferencias de cotización (subidas o bajadas de precio) de las acciones a lo largo del tiempo.

Pues bien, aunque resulta habitual que una «salida a bolsa» vaya precedida de una «oferta pública de suscripción de acciones», o de una «oferta pública de venta de acciones», o de ambas, debemos tener claro que hablamos de conceptos distintos, y que cualquier empresa puede «salir a bolsa» sin realizar previamente una OPV o una OPS, o efectuar cualquiera de estas operaciones sin intención de cotizar en bolsa.

OPV

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Volviendo a la OPV y la OPS, ambas son operaciones en las que se ofertan públicamente unos valores (por ejemplo las acciones de una sociedad anónima), convirtiéndose consecuentemente quienes las adquieren (a los que podemos denominar inversores), en accionistas de la sociedad.

Estas operaciones se regulan en el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, que impone una serie de requisitos, especialmente de información, como el deber de aportar y registrar ante la CNMV un «folleto informativo» que permita al posible inversor conocer la realidad de la sociedad.

Entonces, ¿que diferencia tienen?

La diferencia entre una OPV y una OPS radica en la persona que transmite las acciones de la sociedad:

–  En la OPS es la propia sociedad la que efectúa una ampliación de capital y emite nuevas acciones que ofrece a los inversores, recibiendo ésta el dinero del inversor.

–  En la OPV se ofrecen acciones ya emitidas y, por consiguiente, el dinero que paga el inversor va a parar al «bolsillo» del accionista que vende las acciones.

En una «salida a bolsa» se suelen combinar estas operaciones justo antes de que las acciones de la empresa comience a cotizar en el mercado, consiguiéndose así; (1)  que antes de la salida una parte de las acciones ya hayan sido transmitidas a distintos inversores, y (2) que los accionistas iniciales (incluidos los directivos con sus bonus) puedan vender sus acciones y ganar dinero.

Cuando el valor al que los inversores han adquirido esas acciones en la OPV y/o OPS no se corresponde con la «apreciación» del mercado, pueden producirse salidas a bolsas con bajadas inmediata de la cotización de las acciones. Estas pérdidas, a priori, serían fruto de la conocida como » ley del mercado» (nos referimos a la oferta y la demanda).

Sin embargo, si en la operación se ha producido una deficiente información, como sería las derivadas de falsedades o inexactitudes en el «folleto informativo», podrían derivarse responsabilidad al emisor.

En este sentido basta recodar lo acontecido en el proceso de salida a bolsa de BANKIA.

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