La reforma concursal del 2022 ha eliminado el acuerdo extrajudicial de pagos. Antes las personas físicas que pretendían la exoneración de sus deudas (LSO), tras intentar un acuerdo extrajudicial de pagos, debían pasar por un concurso de acreedores consecutiva.
El acuerdo extrajudicial de pagos era un mecanismo preconcursal pensado para intentar alcanzar un acuerdo de reestructuración de las deudas con los acreedores. Ha sido eliminado por la reforma concursal del 2022.