La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se pronunció en 2020 en el caso de una sociedad limitada que excluía en sus estatutos el ánimo de lucro.
El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (LGDCU), reconoce en determinados supuestos el derecho de los consumidores y usuarios a desistir del contrato.
El 30 de junio de 2022 finalizó la moratoria concursal que suspendía la obligación de solicitar la declaración de concurso en caso de insolvencia consecuencia de la crisis de la COVID 19.
La constitución de una sociedad de capital (como la sociedad anónima o la limitada), exige el otorgamiento de una escritura pública (ante Notario) y, su inscripción en el Registro Mercantil, que permite que la sociedad adquiera personalidad jurídica.