Para la convocatoria de la Junta resulta fundamental cumplir con todos los requisitos legales y estatutarios, por ejemplo; para evitar que algún socio pueda impugnar los acuerdos por infracción de requisitos procedimentales.
La Ley de Sociedades de Capital establece el régimen de transmisión de las participaciones sociales de una Sociedad Limitada (SL), permitiendo con ciertos limites su auto regulación en los estatutos.
La Ley de Sociedades de Capital permite que los estatutos sociales autoricen la celebración de juntas telemáticas. Nos referimos a una reunión exclusivamente telemática. Es decir, sin la asistencia física de los socios o sus representantes.
La Ley de Sociedades de Capital posibilita la asistencia telemática a la Junta General cuando este previsto en los estatutos sociales y se garantice la identidad del sujeto.